SCJN declaró “sin materia” la controversia constitucional promovida por la COFECE, en contra de disposiciones de la LIE
El Ministro de la SCJN Mario Pardo Rebolledo, aseguró que en dicha controversia la COFECE, señalaba que varios artículos de la LIE, violaban los principios de libre competencia y concurrencia.
CIUDAD DE MÉXICO, 18 de Abril de 2022.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró “Sobreseída” (Sin Materia), la controversia constitucional número 44/2021, promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), en contra de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), debido a que dichos preceptos no producen un principio de afectación o agravio en la esfera de competencia de dicho organismo constitucional autónomo y, por tanto, carece de interés legítimo para promover.
En la Discusión sobre el tema, el Ministro Mario Pardo Rebolledo, aseguró que en dicha controversia la COFECE, señalaba que varios artículos de la LIE, violaban los principios de libre competencia y concurrencia.
“Pero en ninguno exponía la posible invasión a sus atribuciones constitucionales, que es el único argumento por el cual podría haber interpuesto una controversia”.
Pardo Rebolledo, enfatizo que la COFECE impugna una Reforma a la Ley de Industria Eléctrica que en nada afecta sus competencias, sino en abstracto al principio de competencia económica.
“Bajo el argumento de que viene a defender el principio de competencia económica en las actividades de generación y comercialización de la energía eléctrica, desnaturalizaría el objeto del presente medio de control constitucional”.
La Ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, acepto modificar el proyecto de sentencia y declarar “Sobreseído” el asunto, ´por la falta de interés legítimo de la COFECE y porque la mayoría de Ministras y Ministros se sumaron a la propuesta.